Contraloría - Dictamen N° 39564 2005
Alcalde pondera sumario administrativo funcionario
Abstracto
Dictamen 39564 de 2005. La CGR determina que el alcalde pondera la instrucción de un sumario administrativo contra un funcionario, según la Ley 18695 y la Ley 18883. Se confirma la facultad del alcalde en la administración municipal.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alcaldesa Municipalidad de María Pinto
- Materia: Procedencia de instruir sumario administrativo a funcionario municipal.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de concejal para instruir sumario administrativo contra funcionaria por discusión pública.
- Hechos relevantes: Discusión entre funcionaria y concejal durante actividad municipal.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 18.695: Artículos 56 y 63 letra d) sobre facultades del alcalde.
- Ley 18.883: Artículos 124 y 126 sobre investigación sumaria y sumario administrativo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la decisión del alcalde de no instruir sumario administrativo es ajustada a derecho.
- Argumentación CGR: El alcalde, conforme a las leyes 18.695 y 18.883, tiene la facultad de ponderar si los hechos denunciados ameritan la instrucción de un procedimiento disciplinario.
- Principios interpretativos: Principio de probidad administrativa y facultades de administración del alcalde.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Es procedente la decisión del alcalde de no instruir sumario administrativo si, a su juicio, los hechos denunciados no lo ameritan.
- Criterios establecidos: Se reitera la facultad del alcalde par...
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