Contraloría - Dictamen N° 39831 2005
Cálculo pensiones viudez/orfandad y límite
Abstracto
Dictamen N° 39831 de 2005. Se refiere al cálculo de las pensiones de viudez y orfandad conforme a la Ley N° 10.475, considerando el límite establecido en el artículo 25 de la Ley N° 15.386, cuando el causante percibía una pensión superior.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: División de Toma de Razón y Registro
- Materia: Cálculo de pensiones de viudez y orfandad y límite del artículo 25 de la Ley N° 15.386.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Beneficios de sobrevivencia causados por un jubilado de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas (CANAEMPU). Se busca determinar el cálculo de pensiones de viudez y orfandad cuando la suma excede el límite del artículo 25 de la Ley N° 15.386 y el causante era beneficiario del artículo 2° transitorio de la misma ley.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 15.386: Artículo 25 (límite de pensiones) y artículo 2° transitorio.
- Ley N° 10.475: Régimen de pensiones de viudez y orfandad.
- Ley N° 17.343: Artículo 1° (aplicabilidad de la Ley N° 10.475 a empleados públicos).
- Ley N° 19.953: Artículo 1° (modificaciones a la Ley N° 10.475).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: ¿Cómo se deben calcular las pensiones de viudez y orfandad cuando exceden el límite del artículo 25 de la Ley N° 15.386 y el causante percibía una pensión superior por el artículo 2° transitorio de la misma ley?
- Argumentación CGR: Las pensiones de viudez (50%) y orfandad (15% por beneficiario) se calculan sobre la base de la pensión que percibía el cau...
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