Contraloría - Dictamen N° 40012 2005
Reintegro funcionarios, reembolso no es condición
Abstracto
Dictamen 40012 de 2005. Ex funcionarios municipales de Vitacura deben reembolsar indemnizaciones por despidos no ajustados a derecho según Ley 19378, art. 48, letra i). El municipio no puede exigir este reembolso como condición previa a la reincorporación.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ex funcionarios de la Municipalidad de Vitacura
- Materia: Reembolso de indemnizaciones por ex funcionarios municipales cuyo cese de servicios no se ajustó a derecho, y su reincorporación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del Dictamen N° 19.104, de 2005, respecto a la exigencia de reembolso previo de indemnizaciones para la reincorporación de ex funcionarios.
- Hechos relevantes: La Contraloría General determinó previamente que la Municipalidad de Vitacura no se ajustó a derecho al poner término a las relaciones laborales de los recurrentes, por la causal del artículo 48, letra i), de la Ley N° 19.378, ordenando su reincorporación y el reembolso de las indemnizaciones percibidas.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.378, artículo 48, letra i).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el reembolso de las indemnizaciones puede ser exigido como condición previa para la reincorporación de los ex funcionarios.
- Argumentación CGR: Si bien los recurrentes tienen la obligación de reembolsar las indemnizaciones percibidas, este reembolso no puede ser exigido como condición previa a su reincorporación. Los errores de la Administración deben ser soportados p...
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