Contraloría - Dictamen N° 40586 2005
Jefe DAEM instrucción sumarios docentes
Abstracto
Dictamen 40586 de 2005. El Alcalde de La Pintana consulta sobre la autoridad competente para instruir sumarios a docentes. Se ratifica que el Jefe del DAEM ordena la instrucción de sumarios y firma actos de absolución o amonestación. El Alcalde sanciona el término de la relación laboral.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alcalde de la Municipalidad de La Pintana
- Materia: Competencia para ordenar la instrucción de sumarios administrativos contra docentes.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de aclaración del Dictamen N° 17.673, de 2005, sobre quién debe firmar el acto administrativo que ordena la instrucción de un sumario administrativo contra un docente y si el artículo 145 del Decreto N° 453 de 1991 aplica a sumarios e investigaciones sumarias.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.070, artículo 72, letra b), inciso 2; Ley N° 19.715, artículo 12, número 5.
- Reglamentos: Decreto N° 453 de 1991, del Ministerio de Educación, artículo 145, inciso 2; DFL 1/96.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la autoridad competente para instruir procesos sumariales contra docentes y si la facultad se extiende a investigaciones sumarias.
- Argumentación CGR: El Jefe del Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM) es quien debe ordenar la instrucción de sumarios administrativos contra el personal docente, según el artículo 145, inciso segundo, del Decreto N° 453 de 1991. En caso de sanción de término de la relación laboral, la autoridad competente es el Alcalde.
V. PRONUNCIAMIEN...
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