Contraloría - Dictamen N° 52743 2005
Permiso concejal no aplica comisiones
Abstracto
Dictamen 52743 de 2005. La CGR determina que no procede otorgar permisos del artículo 90 de la ley 18.695 a funcionarios municipales que son concejales para asistir a sesiones de comisión, ya que el permiso se limita a las sesiones de concejo.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Municipalidad de Padre Las Casas
- Materia: Improcedencia de permisos a concejales funcionarios para asistir a comisiones.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: La Municipalidad consulta sobre la procedencia de otorgar permisos, según el artículo 90 de la Ley N° 18.695, a funcionarios municipales que también son concejales, para asistir a las sesiones de las comisiones del concejo.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 18.695, artículos 88 y 90. Ley N° 20.033, artículo 5°, N° 12.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si es procedente extender el permiso contemplado en el artículo 90 de la Ley N° 18.695 para que los concejales que también son funcionarios municipales asistan a sesiones de comisión.
- Argumentación CGR: La Contraloría General señala que el artículo 90 de la Ley N° 18.695 establece que los empleadores de los concejales deben conceder permisos para ausentarse de sus labores habituales con el objeto de asistir a las "sesiones del concejo". El tiempo de ausencia se entenderá trabajado para todos los efectos legales.
- Principios interpretativos: Se aplica el principio de interpretación restrictiva de las excepciones a la regla general de que los funcionarios tienen derecho a r...
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