Contraloría - Dictamen N° 16618 2006
Alcance exención toma razón contratos DCCP
Abstracto
Dictamen 16618 de 2006. Contraloría Regional de Valparaíso consulta sobre exención de toma de razón en contratos celebrados a través de la Dirección de Compras y Contratación Pública. CGR aclara que la exención aplica solo cuando la Dirección actúa como mandatario del organismo.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Contraloría Regional de Valparaíso
- Materia: Alcance de la exención de toma de razón en contratos celebrados a través de la Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Oficio N° 6.970 de 2005 consulta sobre la interpretación de las expresiones "salvo las efectuadas por o a través de la Dirección de Compras y Contratación Pública", "celebrados a través de la Dirección de Compras y Contratación Pública" y "salvo los celebrados por o a través de la Dirección de Compras y Contratación Pública", contenidas en la Resolución N° 520 de 1996 de la CGR.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 19886: Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
- Resolución 520/96 CGR: Fija texto refundido sobre exención del trámite de toma de razón.
- Resolución 177/2004 CGR: Modifica la Resolución 520/96, adaptándola a la Ley 19886.
- Decreto 250/2004 HACIENDA: Reglamento de la Ley 19886.
- Artículo 30, letra e), Ley 19886: Faculta a la DCCP para actuar como mandatario de organismos públicos en licitaciones.
- Artículo 18, inciso 1, Ley 19886: Establece el uso de sistemas electrónicos de la DCCP para adquisiciones.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- *Cuestión jurídica princip...
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