Contraloría - Dictamen N° 34822 2006
Fianza obligatoria cargos ad honorem
Abstracto
El Dictamen N° 34822 de 2006 de la CGR, a solicitud del Servicio Nacional del Adulto Mayor, establece que el deber de rendir fianza alcanza a todo cargo que maneje fondos, incluso ad honorem, según Ley 10336. Confirma dictámenes previos sobre la materia.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Dirección Nacional del Servicio Nacional del Adulto Mayor
- Materia: Obligación de rendir fianza en cargos ad honorem.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración de los dictámenes N°s 5.787 y 7.746, ambos de 2005, de la Contraloría Regional de Valparaíso, relativos a la obligación de rendir fianza del Secretario Regional Ministerial de Gobierno de la V Región como Presidente del Comité Regional del Adulto Mayor.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: N° 10.336, Título V y artículo 68; N° 19.817, artículo 1 transitorio.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la obligación de rendir fianza se extiende a cargos desempeñados ad honorem y cómo se determina el monto de la caución en tales casos.
- Argumentación CGR: El deber de rendir fianza se extiende a todos los cargos en que concurran los supuestos que hacen procedente su otorgamiento, incluso si se desempeñan ad honorem. Para determinar el monto de la caución, el obligado debe asimilarse a un grado de la Escala Única de Sueldos y calcular la garantía sobre esa base, correspondiendo a dos años de sueldo de dicho grado.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes N°s 68.830 de 1975, 81.754 de 1976, 21.978 y 27...
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