Contraloría - Dictamen N° 39626 2006

ASMAR: Excepción Descanso Reparación Naves

Abstracto

Dictamen 39626 de 2006. ASMAR puede exceptuar del descanso dominical a trabajadores en labores técnicas de reparación y carena de naves, según el artículo 38 N°2 del Código del Trabajo, siempre que se garantice el descanso semanal. Esto se justifica por la continuidad necesaria en los procesos para satisfacer las demandas del mercado naviero y el interés público.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Astilleros y Maestranzas de la Armada (ASMAR)
  • Materia: Excepción al descanso dominical y en días festivos para trabajadores de ASMAR.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: ASMAR solicita pronunciamiento sobre la posibilidad de exceptuar del descanso dominical y en días festivos a trabajadores que realizan labores técnicas y profesionales en la reparación y carena de naves, debido a la naturaleza de sus actividades.
  • Hechos relevantes: La actividad de ASMAR está condicionada a los requerimientos del negocio marítimo y la necesidad de realizar reparaciones sin demora para evitar siniestros. Algunos procesos productivos requieren continuidad.

III. MARCO NORMATIVO

  • Constitución:
  • Leyes: Ley N° 18.296, artículos 1, 2 y 18; Código del Trabajo, artículos 35 y 38.
  • Reglamentos: DFL N° 1/2002; DL N° 3.059/1979, artículo 1; DL N° 2.222/1978, artículo 22.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si ASMAR puede exceptuar del descanso dominical y en días festivos a ciertos trabajadores, según el artículo 38 N° 2 del Código del Trabajo.
  • Argumentación CGR: El cumplimiento de las necesidades de carena y reparación de unidades navales de la Armada requiere la prestación continua e ininterrump...

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