Contraloría - Dictamen N° 40874 2006
Cierre de calles requiere justificación
Abstracto
Dictamen 40874/2006. A solicitud del Ministerio de Bienes Nacionales, se dictamina que no procede el cierre de calles que restrinjan la circulación peatonal y vehicular. Se reitera la jurisprudencia sobre bienes nacionales de uso público y el rol de supervigilancia del Ministerio.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ministerio de Bienes Nacionales
- Materia: Cierre de calles y restricción de circulación peatonal y vehicular.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Presentación del Ministerio de Bienes Nacionales sobre la intención de la Municipalidad de Las Condes de cerrar calles, lo que considera contrario a la naturaleza de los bienes nacionales de uso público.
- Hechos relevantes: La Municipalidad de Las Condes estudiaba la posibilidad de convocar a un plebiscito comunal para decidir el cierre de calles en ciertos horarios.
- Documentación asociada: Oficio N° 38.146, de 16 de agosto de 2006, dirigido a la Municipalidad de Las Condes; Oficio N° 1-1036, de 18 de agosto de 2006, del Alcalde de Las Condes.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: No se mencionan artículos específicos.
- Leyes: Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, artículos 5°, letra c), y 63, letra f); Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, artículo 5°, inciso segundo; Artículo 589 del Código Civil; DFL 1/19653/2000 SEPRE.
- Reglamentos: No se mencionan reglamentos específicos.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la procedencia del cierre de calles por part...
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