Contraloría - Dictamen N° 44062 2006

Cobro derecho ocupación inmueble vendido

Abstracto

Dictamen N° 44062, 2006, CGR determina que Municipalidad de Puerto Montt puede cobrar derechos de ocupación sobre inmueble vendido, entre inscripción y entrega material. Fundamento: la potestad municipal deriva de la ley (DL 3063/79) y de facultades de administración, no solo del dominio.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Alcalde Municipalidad Puerto Montt
  • Materia: Cobro de derechos de ocupación sobre inmueble vendido antes de la entrega material.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración de dictámenes N°s 10.671, de 2004 y 350, de 2005, de la Contraloría Regional de Los Lagos, que instruyeron devolver montos cobrados por derechos de ocupación.
  • Hechos relevantes: La Municipalidad vendió un inmueble en 2003, estableciendo en el contrato que la entrega material se realizaría una vez trasladados los ocupantes o en el plazo máximo de un año desde la inscripción de la compraventa (07 de julio de 2003).

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Ley 18.695, artículos 5 letra c), 36, 63 letra g) y 65 letra c); DL 3063/79, artículos 40 y 42.
  • Reglamentos: DTO 2385/96 inter

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: ¿Puede la Municipalidad cobrar derechos de ocupación sobre un inmueble que vendió, entre la fecha de inscripción a nombre del comprador y la de su entrega material?
  • Argumentación CGR: La potestad municipal para cobrar derechos no se limita a bienes de su dominio, sino que se extiende a aquellos sobre los que ejerce facultades de administración. La inscripción del inmueble a nombre del comprador...

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