Contraloría - Dictamen N° 46466 2006
Plazo reajuste eléctrico es corrido
Abstracto
El Dictamen N° 46466 de 2006, de la Contraloría General de la República, reitera el Dictamen 11662/2006, señalando que el plazo de 15 días del artículo 104 de la Ley General de Servicios Eléctricos es de días corridos, sin afectar el equilibrio económico.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Comisión Nacional de Energía (C.N.E.)
- Materia: Cómputo del plazo de 15 días establecido en el artículo 104 de la Ley General de Servicios Eléctricos (L.G.S.E.) para el reajuste de precios.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del Dictamen N° 11.662, de 2006, que concluyó que el plazo de 15 días del artículo 104 de la L.G.S.E. es de días corridos.
- Motivación de la C.N.E.: Estiman que el plazo es de días hábiles.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: Artículo 98 de la Constitución Política (POL).
- Leyes:
- Ley General de Servicios Eléctricos.
- DFL 1/82 Minería, artículos 98 y 104.
- Ley 19.880, artículo 3, inciso 6.
- Reglamentos: Decreto 100/2005 Sepre.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el plazo de 15 días establecido en el artículo 104 de la Ley General de Servicios Eléctricos es de días corridos o hábiles.
- Argumentación CGR:
- El hecho de que la tarifa y la reajustabilidad se fijen por entes y actos administrativos distintos no altera la conclusión, ya que el aumento se integra al precio formando un solo todo.
- Considerar el plazo como de días hábiles postergaría la aplicación del aumento más allá de lo señalado por el legis...
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