Contraloría - Dictamen N° 19364 2007
Cálculo bono especial Ley 20143
Abstracto
Dictamen 19364 de 2007. El Alcalde de Macul consulta sobre el cálculo del bono especial (art. 28, Ley 20143) de 2006. Se debe considerar las remuneraciones líquidas permanentes de noviembre de 2006, sin aplicar el artículo 19 de la misma ley.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alcalde de la Municipalidad de Macul
- Materia: Cálculo del bono especial establecido en el artículo 28 de la ley N° 20.143 y la aplicabilidad del artículo 19 de la misma ley.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre las remuneraciones a considerar para fijar el bono especial del artículo 28 de la ley N° 20.143.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 20143: Artículos 28 (incisos 1 y 2) y 19.
- Ley 18883: Artículo 5, letra d).
- DL 3551/80: Artículo 24.
- Ley 18883: Artículo 97, letra g).
- Ley 18566: Artículo 3.
- Ley 18675: Artículos 10 y 11.
- Ley 18717: Artículo 4.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar qué remuneraciones se deben considerar para el cálculo del bono especial establecido en el artículo 28 de la ley N° 20.143 y si procede aplicar el artículo 19 de la misma ley.
- Argumentación CGR: Para el cálculo del bono, se debe considerar el total de remuneraciones líquidas percibidas por el funcionario en noviembre de 2006, correspondientes al desempeño de su cargo en forma permanente, con deducción de impuestos y cotizaciones previsionales obligatorias. No se aplica el artículo 19 de la ley N° 20.143, ya que este se refiere a los beneficios establec...
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