Contraloría - Dictamen N° 21714 2007
Dictamen sobre plazo para capacitación obligatoria de guardias de seguridad
Abstracto
La Contraloría General determina que el plazo para capacitar guardias de seguridad lo fija Carabineros, debiendo la formación ser previa al envío de los trabajadores a prestar servicios, conforme a DL 3607/81 y D. 93/85.
Resumen
- La Empresa FM Seguridad S.A. consultó sobre el plazo legal para capacitar a sus trabajadores como guardias de seguridad, para empresas que prestan servicios en materias inherentes a seguridad.
- El artículo 5 bis del decreto ley N° 3.607, de 1981, del Ministerio del Interior, establece normas sobre funcionamiento de vigilantes privados.
- El artículo 13 del reglamento contenido en el decreto N° 93, de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional, regula la capacitación de trabajadores que desarrollan labores de seguridad.
- Las personas que desarrollan labores de seguridad son consideradas trabajadores afectos al Código del Trabajo.
- El empleador tiene la obligación legal de capacitar a sus trabajadores en materias de seguridad.
- Dicha capacitación debe impartirse en las oportunidades, mat...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora