Contraloría - Dictamen N° 39592 2007
Derecho a sueldo reliquidación pensión
Abstracto
El Dictamen 39592 de 2007 de la CGR determina que ex funcionario del Ejército tiene derecho a percibir sueldo de actividad según el artículo 208 del DFL 1/97, al haber solicitado la reliquidación de su pensión dentro del plazo legal.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ex funcionario del Ejército de Chile
- Materia: Derecho a percibir sueldo de actividad por reliquidación de pensión de retiro.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a percibir sueldo en actividad durante el proceso de reliquidación de la pensión de retiro.
- Hechos relevantes: El recurrente se desempeñó como personal civil a contrata en el Ejército hasta diciembre de 2006, renunciando a su cargo. Solicitó reliquidación de su pensión el 26 de diciembre de 2006.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: DFL N° 1, de 1997, de la Subsecretaría de Guerra, del Ministerio de Defensa Nacional, artículo 208.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el ex funcionario tiene derecho a percibir el sueldo de actividad durante el período de reliquidación de su pensión de retiro.
- Argumentación CGR: La Contraloría General considera que la solicitud de reliquidación de pensión fue presentada dentro del plazo de 30 días establecido en el inciso tercero del artículo 208 del DFL N° 1, de 1997.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: El ex funcionario tiene derecho a percibir el sueldo de actividad.
- Criterios establecidos: La solicitud de reliquidación se ent...
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