Contraloría - Dictamen N° 46311 2007

Subsecretaría Salud no puede destituir

Abstracto

Dictamen 46311 de 2007. La Subsecretaría de Salud Pública no es competente para aplicar la medida disciplinaria de destitución a sus funcionarios. Conforme al DFL 1/2005, la facultad corresponde al Ministro de Salud, según la ley 18834.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Subsecretaría de Salud Pública
  • Materia: Competencia para aplicar medida disciplinaria de destitución a funcionarios.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Resolución N° 482 de 2007 de la Subsecretaría de Salud Pública aplica medida disciplinaria de destitución a funcionarios. La CGR se abstiene de dar curso a la resolución.
  • Hechos relevantes: Los funcionarios sumariados pertenecían al Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente y fueron traspasados a la Subsecretaría de Salud, según D.F.L. N° 5 de 2005.

III. MARCO NORMATIVO

  • DFL 1/2005 Salud: Art. 78. Remite a la ley 18834 para normas sobre funcionarios del Ministerio de Salud.
  • Ley 18834: Art. 140 inc/1. Establece que en caso de destitución, los antecedentes deben elevarse a la autoridad facultada para el nombramiento.
  • Ley 18834: Art. 14 inc/2. Define que el Ministro de la cartera resuelve el nombramiento de los empleos de su dependencia.
  • DFL 29/2004 Hacie: Fija el texto refundido de la ley 18834.
  • DL 2763/79
  • DFL 5/2005 Salud

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si la Subsecretaría de Salud Pública tiene la facultad para aplicar la medida disciplinaria de destitución a sus funcionarios.
  • Argumentación CGR: L...

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