Contraloría - Dictamen N° 46311 2007
Subsecretaría Salud no puede destituir
Abstracto
Dictamen 46311 de 2007. La Subsecretaría de Salud Pública no es competente para aplicar la medida disciplinaria de destitución a sus funcionarios. Conforme al DFL 1/2005, la facultad corresponde al Ministro de Salud, según la ley 18834.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Subsecretaría de Salud Pública
- Materia: Competencia para aplicar medida disciplinaria de destitución a funcionarios.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Resolución N° 482 de 2007 de la Subsecretaría de Salud Pública aplica medida disciplinaria de destitución a funcionarios. La CGR se abstiene de dar curso a la resolución.
- Hechos relevantes: Los funcionarios sumariados pertenecían al Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente y fueron traspasados a la Subsecretaría de Salud, según D.F.L. N° 5 de 2005.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL 1/2005 Salud: Art. 78. Remite a la ley 18834 para normas sobre funcionarios del Ministerio de Salud.
- Ley 18834: Art. 140 inc/1. Establece que en caso de destitución, los antecedentes deben elevarse a la autoridad facultada para el nombramiento.
- Ley 18834: Art. 14 inc/2. Define que el Ministro de la cartera resuelve el nombramiento de los empleos de su dependencia.
- DFL 29/2004 Hacie: Fija el texto refundido de la ley 18834.
- DL 2763/79
- DFL 5/2005 Salud
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la Subsecretaría de Salud Pública tiene la facultad para aplicar la medida disciplinaria de destitución a sus funcionarios.
- Argumentación CGR: L...
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