Contraloría - Dictamen N° 57958 2007
Régimen previsional aplicable reingreso ASMAR
Abstracto
Dictamen 57958 de 2007. Se determina que personal reingresado a ASMAR en 1991 está afecto al DL 3500/80 (Nuevo Sistema de Pensiones) por derogación del artículo 18 de la ley 18296, conforme a la ley 18458.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Trabajador de Astilleros y Maestranzas de la Armada de Chile (ASMAR)
- Materia: Aplicación de normas previsionales a personal reingresado a ASMAR
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud para mantener afiliación a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) y traspasar cotizaciones desde el sistema del DL 3500/80.
- Hechos relevantes: El recurrente prestó servicios en la Armada (1969-1977), reingresando a ASMAR en 1991.
- Documentación asociada: Oficio CPDNMPE.SGE.N° 034/2 de 2007 de CAPREDENA.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley 18296, artículo 18, inciso 3; Ley 18458, artículos 1 y 3; Decreto Ley 3500 de 1980.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el recurrente tiene derecho a mantener su afiliación a CAPREDENA durante su desempeño en ASMAR y traspasar cotizaciones.
- Argumentación CGR: El artículo 18 de la ley 18296, que permitía la opción de continuar en CAPREDENA, fue derogado por la ley 18458 desde el 11 de noviembre de 1985. El recurrente reingresó a ASMAR en 1991, siendo aplicable la ley 18458 y quedando afecto al DL 3500/80 al no estar amparado por normas de protección de la ley 18458.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes 285 de 2004 y 27484 de ...
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