Contraloría - Dictamen N° 4479 2008
Empleados Ejército jornada laboral semanal
Abstracto
Dictamen N° 4.479 de 2008, Contraloría General de la República. Los empleados civiles del Ejército deben ser designados o contratados con jornadas de 44 horas semanales, en concordancia con el artículo 7° de la Constitución y artículo 2° de la ley 18.575.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ejército de Chile
- Materia: Procedencia de designar o contratar empleados civiles con jornadas inferiores a 44 horas semanales.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud del Ejército de Chile a la Contraloría General para determinar la procedencia de designar empleados civiles de planta o contratarlos por jornadas inferiores a 44 horas semanales.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: Artículo 7°
- Leyes: Ley N° 18.575, artículo 2°
- Reglamentos: D.F.L. N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, artículo 139, inciso segundo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si es procedente designar empleados civiles del Ejército de Chile con jornadas inferiores a 44 horas semanales.
- Argumentación CGR: No existe norma jurídica que permita contratar personal civil para que se desempeñe en jornadas de trabajo de menos de 44 horas semanales. Las autoridades del Estado sólo actúan válidamente dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Los empleados civiles del Ejército de Chile no pueden ser designados o contratados con jornadas inferiores a 44 horas semanales, por no existir normas que así lo autoricen.
- Criterios establecidos: Aplicaci...
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