Contraloría - Dictamen N° 4604 2008
Experiencia en Hospital no procede
Abstracto
Dictamen 4604 de 2008. La CGR determina que no procede considerar como experiencia para la ley 19378 el desempeño en el Hospital Parroquial San Bernardo, salvo periodos específicos bajo convenios anteriores a la fecha de ingreso de la recurrente.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Doña E.J.
- Materia: Reconocimiento de experiencia en Hospital Parroquial San Bernardo para carrera funcionaria Ley 19.378.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre si el tiempo trabajado en la Fundación Hospital Parroquial de San Bernardo puede ser considerado como experiencia para la carrera funcionaria regulada por la ley N° 19.378.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.378, artículo 38, letra a).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el tiempo trabajado en el Hospital Parroquial de San Bernardo puede ser considerado como experiencia según la ley N° 19.378.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) se basa en el artículo 38, letra a), de la ley N° 19.378, que define la experiencia como el desempeño de labores en establecimientos públicos, municipales o corporaciones en salud municipal. Se cita jurisprudencia administrativa (dictamen N° 12.081 de 1997) que establece que el Hospital Parroquial de San Bernardo no cumple con esta condición general.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes N° 12.081 de 1997 y N° 4.298 de 1998.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No procede considerar como experiencia el desempe...
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