Contraloría - Dictamen N° 5139 2008
Título Periodista habilita pago sobresueldo
Abstracto
Dictamen 5139 de 2008. El título de Periodista otorgado por la Universidad Católica de la Santísima Concepción es título profesional. Habilita para el pago de sobresueldo según DFL 2/68, artículo 48, letra c, si cumple demás requisitos.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Director Nacional de Personal Carabineros de Chile
- Materia: Determinar si el título de Periodista, conferido por la Universidad Católica de la Santísima Concepción, es título profesional para el pago de sobresueldo.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre si el título de Periodista de la Universidad Católica de la Santísima Concepción habilita para percibir sobresueldo.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior: Artículo 48, letra c), que regula el sobresueldo por título profesional.
- Decreto N° 87, de 1999, del Ministerio de Defensa Nacional: Reglamento de asignaciones, sobresueldos y otros derechos estatutarios de Carabineros.
- Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza: Artículo 56, letra p), que establece que el diploma de Periodista reviste el carácter de título profesional.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el diploma de Periodista otorgado por la Universidad Católica de la Santísima Concepción califica como título profesional para efectos del pago de sobresueldo.
- Argumentación CGR: Se basa en el artículo 56, letra p), de la ley N° 18.962, que explícitamente otorga el carácter de título profesio...
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