Contraloría - Dictamen N° 13370 2008
Bono retiro: Afiliación AFP exigida
Abstracto
Dictamen 13370 del 26 de marzo de 2008. La CGR establece que el beneficio del artículo sexto transitorio de la ley 20212 solo corresponde a quienes, al 29 de agosto de 2007, estaban afiliados al régimen previsional del DL 3500/80.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA)
- Materia: Requisitos para acceder al bono de retiro establecido en el artículo sexto transitorio de la ley N° 20.212.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: CAPREDENA consulta sobre el derecho al bono de retiro de la ley N° 20.212 para funcionarios pensionados del Instituto de Normalización Previsional (INP) reincorporados al servicio, que desempeñan funciones en la Clínica Geriátrica de CAPREDENA Limache y que podrían afiliarse al sistema previsional del DL 3500/80.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 20.212: Artículo sexto transitorio, incisos primero y cuarto; artículo séptimo transitorio.
- Decreto Ley N° 3.500 de 1980: Artículo 17.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si los funcionarios de CAPREDENA, pensionados del INP que se afilien al sistema del DL 3500/80 con posterioridad al 29 de agosto de 2007, tienen derecho al bono de retiro establecido en el artículo sexto transitorio de la ley N° 20.212.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) señala que el artículo sexto transitorio de la ley N° 20.212 exige, para acceder al bono de retiro, que el trabajador se desempeñe en las calidades e instituciones indica...
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