Contraloría - Dictamen N° 14265 2008
Meteorólogo DGAC y ejercicio profesión
Abstracto
Dictamen 14265 de 2008. Meteorólogo de la DGAC puede ejercer privadamente su profesión, si no se relaciona directa ni indirectamente con meteorología aeronáutica ni funciones de la DGAC. Aplica art. 56 ley 18575 y principio de probidad administrativa (art. 52 ley 18575).
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Meteorólogo de la Dirección General de Aeronáutica Civil
- Materia: Compatibilidad entre el cargo de meteorólogo en la DGAC y el ejercicio privado de la profesión.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente consulta sobre la posibilidad de ejercer libremente su profesión, luego de que la DGAC le indicara ciertas condiciones fundadas en el principio de probidad administrativa.
- Hechos relevantes: La DGAC permite el desarrollo de actividades laborales privadas, siempre que no se relacionen con meteorología aeronáutica ni otras áreas de la especialidad abordadas por la DGAC.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: No se menciona
- Leyes: Ley 18575, art. 56, inc. 2; art. 52
- Reglamentos: DFL 1/19653/2000 SEPRE
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si las condiciones impuestas por la DGAC para el ejercicio privado de la profesión de meteorólogo son ajustadas a derecho.
- Argumentación CGR: La libertad de ejercicio profesional (art. 56 ley 18575) está limitada por el principio de probidad administrativa (art. 52 ley 18575). Los funcionarios deben evitar que sus prerrogativas se proyecten en su actividad particular o se relacionen con las labores de la institución.
- *Jurispruden...
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