Contraloría - Dictamen N° 18207 2008
Pensión gracia se ajusta a derecho
Abstracto
Dictamen N° 18.207, 21-IV-2008. Se determina que la pensión no contributiva, por gracia, otorgada a ex funcionario de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, exonerado político, se ajusta a la normativa vigente, específicamente al artículo 132 del D.F.L. N° 338, de 1960, y al artículo 2, letra b), de la ley N° 18.263.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alfonso Cortés Mundaca
- Materia: Revisión de pensión no contributiva por gracia a exonerado político.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente, ex funcionario de la antigua Empresa de Transportes Colectivos del Estado (ETCE) y exonerado político, solicita la revisión de su pensión de gracia.
- Hechos relevantes: El Instituto de Normalización Previsional (INP) remitió el expediente jubilatorio del interesado.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Artículo 2, letra b), de la ley N° 18.263.
- Reglamentos: Artículo 132 del D.F.L. N° 338, de 1960.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la pensión no contributiva otorgada al recurrente se ajusta a la normativa vigente.
- Argumentación CGR: Tras las verificaciones correspondientes, se constata que el beneficio concedido mediante la resolución N° 5.671, de 2003, del Ministerio del Interior, por la suma inicial mensual de $ 186.633.-, a contar del 1° de enero de 1999, se encuentra ajustado a la normativa aplicable.
- Principios interpretativos: Se considera el cargo de Chofer, grado 24 de la E.U.S., que el señor C.M. desempeñaba a la fecha de su exoneración, ocurrida el 10 de marzo de 1978, y su correcta asimilación al grado 20 de la...
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