Contraloría - Dictamen N° 19987 2008
Improcedencia subsidio cesantía contrato honorarios
Abstracto
Dictamen 19987 de 2008. Ex funcionario de la Dirección General de Crédito Prendario solicita subsidio de cesantía tras término de contrato a honorarios. CGR aplica dictamen 8238/2001, negando el beneficio por no ser trabajador dependiente según DFL 150/81.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Pablo Enrique Santis Martínez (ex funcionario de la Dirección General de Crédito Prendario)
- Materia: Solicitud de subsidio de cesantía tras término de contrato a honorarios.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a percibir el subsidio de cesantía como consecuencia del término de un contrato a honorarios.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL 150/81: Artículos 61, 62 y 63, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre Sistema único de Prestaciones Familiares y Sistema de Subsidios de Cesantía.
- Decreto 155/74: Del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece el Reglamento del DFL 150/81.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si al solicitante le asiste el derecho a percibir el subsidio de cesantía tras el término de su contrato a honorarios.
- Argumentación CGR: Las personas que prestan servicios a honorarios no están protegidas por las normas del DFL 150/81, ya que este cuerpo normativo exige la calidad de trabajador dependiente o personal de una entidad pública para acceder al beneficio.
- Jurisprudencia administrativa: Se cita el dictamen N° 8.238, de 2001...
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