Contraloría - Dictamen N° 25901 2008
ENAER: Improcedencia sobresueldos en pensión
Abstracto
Dictamen 25901 de 2008. ENAER. Revisión de pensión de retiro de ex empleado. El personal de ENAER se rige por el Código del Trabajo (art. 12 ley 18297). No procede considerar sobresueldos por fuerzas especiales en la pensión.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Empresa Nacional de Aeronáutica (ENAER)
- Materia: Improcedencia de considerar sobresueldos por fuerzas especiales en el cálculo de pensión de retiro de ex empleado de ENAER.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de don M.G., ex empleado de ENAER, para la revisión de su pensión de retiro, buscando que se incluyan los sobresueldos por fuerzas especiales.
- Documentación asociada: Oficio SSA. "ORD." N° 0046, de 2008, de la Subsecretaría de Aviación.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.297, artículo 12.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si corresponde incluir sobresueldos por fuerzas especiales en el cálculo de la pensión de retiro de un ex empleado de ENAER.
- Argumentación CGR: El personal de ENAER se rige por el Código del Trabajo, según el artículo 12 de la ley N° 18.297. Dicha norma solo permitió a los funcionarios de ENAER optar por el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) si eran imponentes y no se habían jubilado bajo otro sistema.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes N°s 13.869, de 1989, y 29.121, de 1990.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No ha lugar a la solicitud de revisión de la pensión de re...
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