Contraloría - Dictamen N° 40860 2008
Acrecimiento pensión montepío con redistribución
Abstracto
El Dictamen N° 40860 de 2008 de la CGR, a solicitud de viuda de Suboficial Mayor de la Armada, reconsidera criterio sobre acrecimiento de pensión de montepío en Capredena. Establece que la autoridad puede ponderar nuevas circunstancias y redistribuir el beneficio considerando la situación económica de los asignatarios.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Doña Ilma Adriana Estrada Santana, viuda del Suboficial Mayor de la Armada de Chile, don Gastón Maximino Plaza González.
- Materia: Acreditación de pensión de montepío en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y su distribución entre asignatarios.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de acrecimiento de la pensión de montepío por cese del beneficio de uno de los asignatarios, hijo no matrimonial del causante.
- Hechos relevantes:
- Resolución ministerial N° 4, de 2003, distribuyó la pensión: 40% para la viuda y 60% para los hijos no matrimoniales (Juan Pablo, Camila Paz, Francisco Javier Plaza Zurita y Andrea Marcela Plaza Núñez).
- Francisco Javier Plaza Zurita cesó en el goce de la pensión a contar del 31 de diciembre de 2006.
- Resolución exenta N° 318, de 2007, concedió el acrecimiento a Juan Pablo y Camila Paz Plaza Núñez.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución:
- Leyes: Artículo 88 bis de la ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas; Artículo 180 del Código Civil.
- Reglamentos: Artículo 564 del decreto N° 204, de 1969, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento Complementario del D.F.L. N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional; Artículo 200...
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