Contraloría - Dictamen N° 42847 2008
Rechazo pago monto complementario docentes
Abstracto
Dictamen 42847 de 2008. Ingrid Saavedra Vásquez (Municipalidad de Lo Barnechea). Se determina que profesional de la educación no tiene derecho a percibir monto mensual fijo complementario (art. 3° ley 19278) por no cumplir requisito de 12 años de servicios docentes al 30/10/93.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ingrid Saavedra Vásquez, profesional de la educación de la Municipalidad de Lo Barnechea.
- Materia: Beneficio denominado monto mensual fijo complementario (artículo 3° de la ley N° 19.278).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconocimiento del derecho a percibir el beneficio denominado monto mensual fijo complementario, regulado en el artículo 3° de la ley N° 19.278, y se determine desde cuándo el municipio debe pagar retroactivamente el beneficio.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: N° 19.278, artículo 3°; Ley N° 19.070 (artículo 56); DFL 1/96 Educa.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la recurrente cumple con los requisitos para percibir el monto mensual fijo complementario establecido en el artículo 3° de la ley N° 19.278.
- Argumentación CGR: Se establece que, para tener derecho al beneficio, los profesionales de la educación debían cumplir copulativamente los siguientes requisitos al 30 de octubre de 1993: a) desempeñarse en el sector municipal, b) tener un nombramiento o contrato por un número igual o superior a 30 horas cronológicas semanales, y c) tener, a lo menos, 12 años de servicios docentes prestados. La recurrente no cumplía con el requisito c).
V. PRONU...
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