Contraloría - Dictamen N° 44410 2008
DAEM no puede sancionar no docentes
Abstracto
Dictamen 44410 de 2008. Contraloría registra resolución municipal que aplica medida disciplinaria a personal docente y no docente. Jefe DAEM solo puede sancionar a docentes. Debe dejarse sin efecto sanción a no docente, correspondiendo al alcalde dictar la resolución respectiva.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Municipalidad de Santiago
- Materia: Aplicación de medidas disciplinarias a funcionarios municipales.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Registro de la resolución N° 1, de 2008, del Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM) de Santiago, que aplica medidas disciplinarias a un ex director y a una secretaria de colegio.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 18.695, artículo 53.
- Reglamento: Decreto N° 453 de 1991 del Ministerio de Educación, artículo 145, inciso segundo; DFL 1/2006 (INTER).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la competencia del Jefe del DAEM para aplicar medidas disciplinarias a personal no docente regido por el Código del Trabajo.
- Argumentación CGR: El Jefe del DAEM solo puede ordenar medidas disciplinarias respecto de profesionales de la educación. La aplicación de sanciones al personal regido por el Código del Trabajo es competencia del alcalde.
- Jurisprudencia administrativa: Se invoca el dictamen N° 4.801, de 1996.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Dejar sin efecto la resolución N° 1 de 2008 en lo que respecta a la sanción impuesta a la funcionaria no docente.
- Criterios establecidos: La potestad disciplinaria sobre el per...
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