Contraloría - Dictamen N° 45217 2008
Término suplencia funcionaria con fuero
Abstracto
Dictamen 45217 de 2008. La CGR determina que es procedente el término de la suplencia de una funcionaria municipal con fuero maternal, en virtud del artículo 6° de la ley 18.883, al cumplirse el plazo máximo legal de seis meses para suplir un cargo vacante.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alcaldesa Municipalidad de Quilicura
- Materia: Término de suplencia de funcionaria municipal con fuero maternal.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el término de la suplencia de doña María Pilar Campos Soto, quien desempeñó un cargo vacante entre el 1° de noviembre de 2006 y el 30 de abril de 2007, estando con fuero maternal.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.883, artículo 6°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si es procedente el término de la suplencia de una funcionaria municipal que goza de fuero maternal, considerando el plazo máximo legal para suplir un cargo vacante.
- Argumentación CGR: La CGR señala que, de acuerdo al artículo 6° de la ley N° 18.883, la suplencia en un cargo vacante no puede extenderse por más de seis meses, debiendo proveerse el cargo con un titular al término de dicho plazo. El fuero maternal no altera esta disposición.
- Jurisprudencia administrativa: Se aplican los dictámenes N°s 62.201, de 2006 y 41.268, de 2007.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Es procedente el término de la suplencia, dado que se ha cumplido el plazo máximo legal para suplir el cargo vacante.
- Criterios establecidos: En ...
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