Contraloría - Dictamen N° 47037 2008
Reapertura proceso sancionatorio, destitución desproporcionada
Abstracto
Dictamen N° 47.037 de 2008. La CGR indica que la Municipalidad de Quirihue debe reabrir el proceso disciplinario contra un funcionario destituido. La destitución resulta desproporcionada según el artículo 18 de la ley 18.575, considerando que las faltas no justifican la severidad de la sanción impuesta.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alcalde Municipalidad de Quirihue
- Materia: Procedencia de reapertura de proceso disciplinario por medida de destitución desproporcionada.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del dictamen N° 451, de 2008, de la Contraloría Regional del Bío Bío, que observó la legalidad del decreto N° 258, de 2007, del municipio de Quirihue, que aplicó la medida disciplinaria de destitución al señor Abel Pérez Huichalaf.
- Hechos relevantes: Se formularon dos cargos al funcionario: realizar actividades ajenas a sus funciones en horario de trabajo y retener dinero del impuesto del 10% de honorarios de monitores del proyecto deportivo Chile Deportes del año 2005.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 18575: art/18
- Ley 18883: art/122
- Ley 18695: art/4 lt/e
- DFL 1/19653/2000 SEPRE
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la medida disciplinaria de destitución aplicada al funcionario es proporcional a las conductas reprochadas.
- Argumentación CGR: La segunda conducta reprochada no fue realizada en su carácter de funcionario municipal ni involucró fondos municipales, sino que obedeció a gestiones como dirigente del Club Deportivo Población Unida de Quirihue. La obligación de e...
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