Contraloría - Dictamen N° 53276 2008
Improcedencia cobro patente por arrendamiento
Abstracto
Dictamen 53276 de 2008. La CGR indica que no procede el cobro de patente municipal por el mero arrendamiento de inmueble, si la percepción de rentas es consecuencia del derecho de dominio y no una actividad lucrativa conforme al DL 3063/79.
Resumen
SISTEMA DE RESUMEN DE DICTÁMENES CGR
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Don Ramón Cepeda Lizana (contra Municipalidad de Providencia)
- Materia: Improcedencia cobro patente municipal por arrendamiento de inmueble
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo contra la Municipalidad de Providencia por determinar que el recurrente debe pagar patente municipal por el arrendamiento de un inmueble de su propiedad en Curicó.
- Hechos relevantes: El recurrente alega que el contrato de arrendamiento es una actividad primaria no gravada. La Municipalidad informa que se trata de una actividad lucrativa terciaria, sumado a que el señor Cepeda Lizana ha entregado en usufructo otro inmueble.
- Documentación asociada: Oficio N° 6.649 de 2007 (Municipalidad de Providencia), oficio N° 1.072 de 2007 (Dirección de Administración y Finanzas), informes N°s 105 y 635 de 2007 (Dirección Jurídica).
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Decreto Ley N° 3.063 de 1979, artículo 23; artículo 24
- Reglamentos: Decreto N° 484 de 1980 del Ministerio del Interior, artículo 2
- Normativa especial: Decreto 2385/96 inter dl 3063/79 art/24
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: ¿Procede el cobro de patente municipal por el arrendamiento de un inmueble cuando la percepció...
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