Contraloría - Dictamen N° 56792 2008

Abstención Toma Razón Contrato Directo

Abstracto

Dictamen 56792, 2008. CGR se abstiene de tomar razón de resolución del Consejo Superior de Educación que aprueba contrato por trato directo. Aplica Resolución 1600/2008 (art. 22) que exime del trámite por cuantía y fecha de emisión.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Consejo Superior de Educación
  • Materia: Abstención de toma de razón de resolución que aprueba contrato por trato directo.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Resolución N° 20, de 2008, aprueba contrato por trato directo para obras de ampliación y remodelación.

III. MARCO NORMATIVO

  • Resoluciones: Resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, artículo 22.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si corresponde la toma de razón del contrato celebrado por trato directo.
  • Argumentación CGR: El documento está exento del trámite de toma de razón en atención a su cuantía y fecha de emisión, conforme a la Resolución N° 1.600, de 2008.

V. PRONUNCIAMIENTO

  • Decisión principal: La Contraloría General se abstiene de ejercer el control preventivo de juridicidad.
  • Criterios establecidos: Se aplica la exención de toma de razón según la Resolución N° 1.600/2008.
  • Alcance: Caso específico del contrato indicado.

VI. EFECTOS Y APLICACIÓN

  • Se remite adjunto el acto administrativo, sujeto a las normas sobre controles de reemplazo del Título VI de la Resolución N° 1.600....

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