Contraloría - Dictamen N° 1757 2009
Bono denegado a exonerado político
Abstracto
Dictamen 1757 de 2009. Exonerado político no tiene derecho al bono extraordinario de la ley 20134, al percibir pensión no contributiva calculada según el artículo 28 del decreto 39/99, en función de un sueldo base grado 1-A.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Adrián Lizana Corrales
- Materia: Bono extraordinario para exonerados políticos.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de bono extraordinario (ley 20.134) y pago de desahucio (artículo 38, ley 15.386) por parte de ex trabajador de Manufacturas del Cobre S.A., exonerado político.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: 20.134, artículo 1; 15.386, artículo 38.
- Reglamento: Decreto 39/99, artículo 28, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si un exonerado político tiene derecho al bono extraordinario establecido en la ley 20.134, considerando que percibe un beneficio no contributivo calculado según el artículo 28 del decreto 39/99.
- Argumentación CGR: El artículo 1° de la ley 20.134 otorga un bono extraordinario a ex trabajadores del sector privado y empresas autónomas del Estado, exonerados políticos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, siempre que no se hayan acogido a las presunciones del artículo 28 del decreto 39/99, percibiendo pensiones no contributivas calculadas en función de sueldos base de la Escala Única de Sueldos correspondientes a grados superiores al 2.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal...
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