Contraloría - Dictamen N° 5537 2009
Pensión Exonerado Político Cálculo Correcto
Abstracto
Dictamen 5537 de 2009. Se confirma que la pensión no contributiva de don Ramón Cáceres Araya, calculada según el inciso 2° del artículo 12 de la ley 19.234, está correctamente determinada, sin derecho al bono extraordinario de la ley 20.134.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ramón Cáceres Araya
- Materia: Revisión de situación previsional de exonerado político.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente, ex funcionario de la Corporación de la Vivienda, solicita revisión de su pensión no contributiva.
- Documentación asociada: Resolución N° 2.804, de 2004, del Ministerio del Interior.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.234, artículo 12, incisos 2° y 3°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la pensión no contributiva del recurrente se calculó correctamente y si le corresponde el bono de la ley N° 20.134.
- Argumentación CGR: La pensión se calculó según el inciso 2° del artículo 12 de la ley N° 19.234, considerando 23 años de tiempo computable. El monto inicial mensual fue de $108.657, reajustado a $132.424 al 1 de diciembre de 2007.
- Jurisprudencia administrativa: Se ratifica el dictamen N° 6.106, de 2006. Se reconsidera el dictamen N° 32.398, de 2008, mediante el dictamen N° 43.328, de 2008.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La pensión no contributiva se encuentra correctamente determinada y no le corresponde al recurrente percibir el bono extraordinario de la ley N° 20.134.
- Criterios establecidos: El cálculo de la pe...
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