Contraloría - Dictamen N° 5938 2009

Dictamen: Pensionados de Defensa Nacional y afiliación a AFP.

Abstracto

Este dictamen aclara que pensionados de la Defensa Nacional o Carabineros, que se afilian voluntariamente a una AFP tras su retiro, no pueden retornar al antiguo sistema previsional al reingresar al servicio, dada la naturaleza permanente de la afiliación a AFP.

Resumen

  • Pensionados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional o Dirección de Previsión de Carabineros que, tras su retiro, se afilian voluntariamente al sistema de fondos de pensiones (DL 3500), quedan sujetos a la naturaleza única y permanente de dicha afiliación.
  • La afiliación al sistema de pensiones regulado por el DL 3500 de 1980 es única y permanente, subsistiendo durante toda la vida del afiliado, y es irreversible una vez efectuada.
  • El artículo 10 de la ley N° 18.458 permite a pensionados de la Defensa Nacional o Carabineros mantenerse en sus antiguos regímenes previsionales al reingresar al servicio, siempre que no hayan optado previamente por el sistema de fondos de pensiones (DL 3500).
  • Pensionados que voluntariamente optaron por el sistema del DL 3500 no pueden retornar al r...

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