Contraloría - Dictamen N° 8155 2009
COMPIN certifica idoneidad asistentes educación
Abstracto
Dictamen 8155 de 2009. La CGR establece que las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) dependientes de las SEREMIS de Salud son competentes para emitir los informes de idoneidad psicológica para asistentes de la educación según la Ley 19464.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alcaldes de Municipalidades de San Juan de la Costa y Osorno, y Director del Departamento de Administración de Educación de la Municipalidad de Puerto Montt.
- Materia: Competencia para emitir certificado de idoneidad psicológica para asistentes de la educación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el organismo competente para emitir el certificado de idoneidad psicológica del personal asistente de la educación, previsto en el artículo 3° de la ley N° 19.464, tras la modificación introducida por la ley N° 20.244.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 19464: Artículo 3, inciso final (modificado por Ley 20244).
- Ley 20244: Artículo 1, N° 3, letra c).
- DFL 1/2005 Salud: Artículo 13.
- DL 2763/79.
- Ley 18933.
- Ley 18469.
- Dto 136/2004 Salud: Artículo 45.
- Ley 18834: Artículo 13.
- Ley 18883: Artículo 11.
- DFL 29/2004 Hacie.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar qué organismo es el "Servicio de Salud correspondiente" para emitir el informe de idoneidad psicológica según el artículo 3° de la ley N° 19.464.
- Argumentación CGR: Se basa en la interpretación del artículo 13 del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud y el artículo 45 del decreto...
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