Contraloría - Dictamen N° 11733 2009

Competencia de Contraloría para invalidar decretos tras toma de razón

Abstracto

La Contraloría no es competente para invalidar decretos tras la toma de razón, pues dicho control es único y la invalidación posterior corresponde a la autoridad emisora del acto.

Resumen

  • La Contraloría General examinó la constitucionalidad y legalidad del decreto N° 1 de 2009 del Ministerio de Hacienda, que autoriza recursos para el sistema de transporte público de Santiago, y le otorgó toma de razón por ajustarse a derecho.
  • La competencia de la Contraloría para el control de constitucionalidad y legalidad de los actos administrativos, conforme al artículo 10 de la Ley N° 10.336, se ejerce en una única oportunidad al momento de la toma de razón.
  • Una vez producida la toma de razón de un decreto o resolución, este pronunciamiento no puede ser modificado, revocado o invalidado por la Contraloría General debido a su naturaleza definitiva.
  • El control de legalidad y constitucionalidad efectuado por la Contraloría tiene como finalidad asegurar la eficacia de los actos y n...

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