Contraloría - Dictamen N° 23221 2009
Improcedencia indemnización cese ADP Tesorería
Abstracto
El Dictamen N° 23221 de 2009, de la Contraloría General de la República, complementa el Dictamen 31216/2008, y establece que el artículo 58 de la Ley 19882 no se aplica a ex funcionario de la Tesorería cesado antes de la provisión de su cargo como Alta Dirección Pública.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Jorge Héctor López Miranda, ex funcionario de la Tesorería General de la República.
- Materia: Improcedencia de pago de indemnización del artículo 58 de la ley 19.882 a ex Jefe de División de la Tesorería General cesado antes de la provisión del cargo como ADP.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del Dictamen N° 31.216 de 2008, en relación al cese de funciones y eventual derecho a indemnización.
- Hechos relevantes: El recurrente fue Jefe de Departamento (posteriormente denominado División) en la Tesorería General hasta el 1 de abril de 2008, fecha en que se aceptó su renuncia no voluntaria.
- Documentación asociada: Presentaciones N°s. 9.296 y 20.636, ambas de 2008; Resolución N° 141 de 2008 de la Tesorería General; Dictamen N° 31.216 de 2008.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.834, artículo 154; Ley N° 19.882, artículos 58 y 16 transitorio; DFL N° 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda; DFL N° 39 de 2003 del Ministerio de Hacienda.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el recurrente tiene derecho a la indemnización establecida en el artículo 58 de la Ley N° 19.882, por haber ejercido y renunciado al cargo de Jefe de División de Finanzas Públicas...
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