Contraloría - Dictamen N° 24371 2009
CENABAST y Cobro de Medicamentos
Abstracto
Dictamen 24371 de 2009. Contraloría se pronuncia sobre procedimiento para cobro de medicamentos según art. 15 de la Res. 176/99 (Salud y Hacienda). Establece que CENABAST debe entregar listado de precios bimensualmente, sirviendo de base para el cobro.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Contralora Regional de Magallanes y Antártica Chilena
- Materia: Procedimiento de cobro de medicamentos según Arancel de Prestaciones de Salud.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Observación en el Hospital Regional de Punta Arenas sobre la falta de constancia del cumplimiento del artículo 15 de la resolución exenta 176/99 en el cobro de insumos por medicamentos.
- Hechos relevantes: El Hospital de Punta Arenas señala que CENABAST no estaría cumpliendo con lo previsto en el artículo 15, ya que pasó de proveedor a intermediario. CENABAST indica que los precios publicados son referenciales.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley 18469, DFL 1/2005 Salud (artículos 159 y 161).
- Reglamentos: Resolución exenta 176/99 de los Ministerios de Salud y de Hacienda (artículo 15).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Procedimiento para el cobro de medicamentos en la Modalidad Institucional, según lo dispuesto en el artículo 15 de la resolución exenta 176/99.
- Argumentación CGR: Los afiliados deben contribuir al financiamiento de las prestaciones mediante pago directo, según el arancel aprobado por los Ministerios de Salud y Hacienda. La regulación impone a CENABAST la obligación de entregar bimensualmente l...
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