Contraloría - Dictamen N° 33998 2009
Reliquidación pensión exonerado político CONAF
Abstracto
Dictamen 33998 de 2009. Exonerado político de CONAF puede reliquidar su pensión no contributiva aplicando el artículo 27 bis del Decreto 39/99 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, modificando el grado de asimilación.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Don Pedro Hugo Ahumada Véliz, ex empleado de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), exonerado político.
- Materia: Reliquidación de pensión no contributiva por gracia a exonerado político.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de revisión de pensión no contributiva por gracia, otorgada al recurrente en su calidad de exonerado político.
- Hechos relevantes: El Ministerio del Interior, mediante la resolución N° 4.602, de 2008, reconoció la calidad de exonerado político del recurrente, concediéndole una pensión no contributiva de $ 108.854.- mensuales a contar del 1 de mayo de 2004, correspondiente al mínimo legal.
- Documentación asociada: Expediente jubilatorio del interesado remitido por el entonces Instituto de Normalización Previsional.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley 19.234, artículo 12, incisos 3 y 12.
- Reglamentos: Decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, artículo 27 bis.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la reliquidación de la pensión no contributiva del recurrente aplicando el artículo 27 bis del Decreto N° 39, de 1999.
- Argumentación CGR: Se concluye que al peticionario le resulta aplicable el artículo 27 bis de...
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