Contraloría - Dictamen N° 34012 2009
Cese no sujeto a toma razón
Abstracto
Dictamen N° 34.012 de 2009. Contraloría General de la República. Cese de servicios del personal civil de Astilleros y Maestranzas de la Armada no está sujeto a toma de razón ni registro según la resolución 1600/2008, al no estar comprendido en las materias sometidas a dicho control.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Subdivisión de Seguridad Social, División de Toma de Razón y Registro, Contraloría General de la República
- Materia: Cese de servicios del personal civil de Astilleros y Maestranzas de la Armada y su sujeción a toma de razón y registro.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Remisión de resoluciones del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que conceden y reliquidan pensiones de retiro y otorgan beneficios a empleados particulares de Astilleros y Maestranzas de la Armada.
- Hechos relevantes: Se consulta si los actos administrativos que disponen el cese de servicios de ese personal civil están afectos al trámite de toma de razón.
III. MARCO NORMATIVO
- Resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República: Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
- Artículo 11, inciso primero, de la Resolución N° 1.600/2008: Contenido en el Título V, sobre Empresas Públicas.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el cese de servicios del personal civil de Astilleros y Maestranzas de la Armada está sujeto a toma de razón y/o registro.
- Argumentación CGR: El inciso primero del artículo 11 de la resolución N° 1.600/2008 no contempla el cese de ser...
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