Contraloría - Dictamen N° 38371 2009
IPS debe resolver reclamo bono
Abstracto
Dictamen N° 38.371 de 2009. El Instituto de Previsión Social (IPS) debe resolver la petición de exonerada política (ley 20.134) que reclamó en plazo por su no inclusión en la nómina de beneficiarios, conforme al artículo 3° del decreto N° 18 de 2007.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Doña María Angélica Castillo Sepúlveda, exonerada política.
- Materia: Reclamo por mal cálculo del bono extraordinario de la ley Nº 20.134 y falta de respuesta del Instituto de Previsión Social (IPS).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: La recurrente reclama porque considera que fue mal calificada por el antiguo Instituto de Normalización Previsional (INP) para efectos de determinar el monto del bono extraordinario concedido por la ley Nº 20.134, y no ha recibido respuesta a su consulta.
- Hechos relevantes: La reclamante presentó un reclamo dentro del plazo establecido en el inciso tercero del artículo 3° del decreto N° 18, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. El IPS informó que el reclamo está en análisis.
- Documentación asociada: Oficio N° 709, de 2009, de la Contraloría General de la República (CGR) al IPS solicitando informe sobre el caso.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley Nº 20.134 (bono extraordinario).
- Reglamentos: Decreto N° 18, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, artículo 3°, inciso 3°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el IPS ha dado cumplimiento a su obligación de responder en tiempo y forma el reclamo presentado por la ...
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