Contraloría - Dictamen N° 39184 2009
Instituto Juventud exige pago tributos
Abstracto
Dictamen 39184 de 2009. El Instituto Nacional de la Juventud puede exigir a entidades privadas receptoras de fondos públicos que acrediten el pago de tributos con cargo a dichos recursos, sin perjuicio de las atribuciones del SII y del SNA.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Director Nacional del Instituto Nacional de la Juventud
- Materia: Exigibilidad de acreditación de pago de tributos en rendiciones de cuentas de fondos públicos.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Posibilidad de requerir acreditación de pago de impuestos retenidos en rendiciones de cuentas de entidades receptoras de fondos públicos.
III. MARCO NORMATIVO
- Resolución N° 759 de 2003 de la Contraloría General de la República.
- Artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 7 de 1980 del Ministerio de Hacienda, Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos.
- Artículo 6° del Código Tributario.
- Artículo 1° del decreto ley N° 2.554 de 1979.
- Artículo 4°, N° 7, del decreto con fuerza de ley N° 329 de 1979 del Ministerio de Hacienda.
- Decreto Ley 830/74
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el Instituto Nacional de la Juventud puede exigir la acreditación del pago de tributos en las rendiciones de cuentas de entidades receptoras de fondos públicos.
- Argumentación CGR: La entidad receptora de fondos públicos debe acreditar la correcta inversión de tales recursos, justificando documentadamente el uso de la totalidad de dichos fondos, incluyendo el pago de cualquier tipo de t...
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