Contraloría - Dictamen N° 42134 2009
Aviso término contrato asistente educación
Abstracto
Dictamen 42134 de 2009. Se pronuncia sobre el aviso de término de contrato de asistente de la educación de la Municipalidad de Malloa, regido por el Código del Trabajo. Confirma criterio de Contraloría Regional, señalando que el aviso mediante carta certificada se entiende notificado al tercer día de su recepción en Correos.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Municipalidad de Malloa
- Materia: Cumplimiento del plazo de aviso de término de contrato de asistente de la educación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del oficio N° 1.994, de 2008, de la Contraloría Regional, que determinó que el aviso previo dado al asistente de la educación don Luis Abarca Ortíz no cumplió la anticipación requerida en el artículo 162, inciso cuarto, del Código del Trabajo.
- Hechos relevantes: La Municipalidad de Malloa remitió el 12 de febrero de 2008 la carta certificada al señor Abarca Ortiz, comunicando que el 13 de marzo del mismo año pondría término a su relación laboral, por la causal del artículo 161, inciso primero, del Código del Trabajo.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución:
- Leyes: Ley N° 19.880, artículos 2°, 3° inciso 6° y 46; Ley N° 18.575, artículo 1°; Código del Trabajo, artículos 161 inciso 1° y 162 inciso 4°.
- Reglamentos:
- Normativa especial:
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el aviso previo de término de contrato, comunicado por carta certificada, cumple con el plazo de anticipación establecido en el artículo 162, inciso cuarto, del Código del Trabajo.
- Argumentación CGR: El aviso previo es un ...
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