Contraloría - Dictamen N° 43046 2009
Comisión Servicio y Acoso Laboral
Abstracto
Dictamen 43046 de 2009. La CGR determina que la designación de funcionaria municipal en comisión de servicio se ajustó a derecho según los artículos 72 y 73 de la ley 18883. El acoso laboral debe ser analizado judicialmente o mediante sumario administrativo.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Gloria Cortés Peñaloza, Municipalidad de Quilicura.
- Materia: Designación en comisión de servicio y denuncia de acoso laboral.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo de la funcionaria Gloria Cortés Peñaloza respecto a una comisión de servicio dispuesta en la Municipalidad de Quilicura, que considera constitutiva de acoso laboral.
- Hechos relevantes: La Municipalidad de Quilicura informa que la comisión de servicio encomendada a la recurrente no significó desmedro a sus funciones, cumpliendo con la normativa vigente.
- Documentación asociada: Oficio N° 233 de 2009 de la Municipalidad de Quilicura; Resolución N° 15, de fecha 12 de enero de 2009.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.883, artículos 72 y 73.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la designación en comisión de servicio de la funcionaria se ajustó a derecho y cómo debe ser abordada la denuncia de acoso laboral.
- Argumentación CGR: La designación en comisión de servicio cumple con los requisitos de los artículos 72 y 73 de la ley N° 18.883. El acoso laboral debe ser analizado en las instancias judiciales o mediante un procedimiento sumarial.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes N° 30.827 de 2008 y N°...
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