Contraloría - Dictamen N° 44182 2009
SEC debe resolver reclamo tarifas
Abstracto
El Dictamen N° 44.182 de 14 de agosto de 2009, remite a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles reclamo de Eléctrica Puntilla S.A. contra Empresa Eléctrica Puente Alto Limitada por cobro de tarifas, conforme al artículo 3° N° 17 de la ley N° 18.410, correspondiendo a la SEC resolver.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Eléctrica Puntilla S.A.
- Materia: Reclamo por cobro de tarifas eléctricas.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Presentación de Eléctrica Puntilla S.A. manifestando que la Empresa Eléctrica Puente Alto Limitada pretende cobrar un precio distinto al determinado conforme al decreto N° 320, de 2008.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: N° 18.410, artículo 3° N° 17.
- Decreto: N° 320, de 2008.
- Ley: N° 19.880.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinación del organismo competente para resolver reclamos relacionados con la aplicación de tarifas eléctricas.
- Argumentación CGR: En conformidad al artículo 3° N° 17 de la ley N° 18.410, le corresponde a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles resolver los reclamos que se formulen por, entre o en contra de particulares, consumidores y propietarios de instalaciones eléctricas, en general, y que se refieran a cualquier cuestión derivada de los cuerpos legales o reglamentarios cuyo cumplimiento le corresponde fiscalizar, entre las cuales se encuentran los problemas relacionados con la aplicación de tarifas por parte de las empresas eléctricas concesionarias de servicio público.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Se remite a la Superintendencia de Electri...
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