Contraloría - Dictamen N° 44522 2009
Rechazo revisión pensión gracia exonerada
Abstracto
Dictamen 44522 de 2009. Se rechaza solicitud de revisión de pensión no contributiva por gracia de ex empleada de Forestal Pilpilco, exonerada política. El monto actual ya corresponde al mínimo legal según el artículo 12 de la Ley 19234.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Guisela Fiedler Paredes, ex empleada de Forestal Pilpilco, exonerada política.
- Materia: Revisión de pensión no contributiva, por gracia.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de revisión de pensión no contributiva por gracia concedida a la recurrente en su calidad de exonerada política.
- Hechos relevantes: La recurrente fue declarada exonerada política mediante la resolución N° 10.596, de 2007, del Ministerio del Interior, y se le concedió una pensión no contributiva, por gracia.
- Documentación asociada: Expediente jubilatorio remitido por el Instituto de Previsión Social.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.234, artículo 12, incisos noveno y duodécimo.
- Reglamentos: Decreto Supremo N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, artículos 27 y 27 bis.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la revisión de la pensión no contributiva por gracia de la recurrente.
- Argumentación CGR: El cálculo inicial se realizó considerando el mínimo legal establecido en el inciso duodécimo del artículo 12 de la ley N° 19.234. La asimilación al grado 29 de la Escala Única de Sueldos según el artículo 27 del decreto supremo N° 39, de 1999, no altera el mon...
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