Contraloría - Dictamen N° 46119 2009
Irretroactividad término contrato trabajo funcionarios
Abstracto
Dictamen 46119 de 2009. Se da curso a resolución de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional sobre término de contrato de trabajo, señalando que solo surtirá efectos a contar de su total tramitación, conforme al principio de irretroactividad de los actos administrativos (artículo 52 de la ley 19.880). Aplica dictamen 55.760 de 2008.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Caja de Previsión de la Defensa Nacional
- Materia: Término de contrato de trabajo y principio de irretroactividad.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.880, artículo 52.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Momento en que surte efectos el término de un contrato de trabajo.
- Argumentación CGR: El término del contrato de trabajo sólo puede surtir efectos a contar de su total tramitación, en virtud del principio de irretroactividad de los actos administrativos consagrado en el artículo 52 de la ley N° 19.880.
- Jurisprudencia administrativa: Se invoca el dictamen N° 55.760, de 2008.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Se da curso a la resolución N° 384, de 2009, de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, en el entendido que el término del contrato de trabajo solo podrá surtir efectos a contar de su total tramitación.
- Criterios establecidos: Aplicación del principio de irretroactividad de los actos administrativos al término de contratos de trabajo.
VII. RELACIÓN CON JURISPRUDENCIA
- Confirma dictámenes: Dictamen N° 55.760, de 2008....
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