Contraloría - Dictamen N° 52596 2009
Incompatibilidad bono liquidado y pensión gracia
Abstracto
Dictamen 52596 de 2009. Se pronuncia sobre la incompatibilidad entre bono de reconocimiento liquidado y pensión no contributiva por gracia (art. 16, ley 19234). Reitera jurisprudencia que permite optar entre pensión de gracia y bono solo si este último no ha sido liquidado.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: José Enrique Pulgar Peñaloza
- Materia: Incompatibilidad entre bono de reconocimiento liquidado y pensión no contributiva por gracia.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pensión no contributiva por gracia por parte de ex funcionario del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, exonerado político.
- Hechos relevantes: El recurrente es titular de una pensión concedida en el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, reliquidada en 1998 en virtud del abono de tiempo por gracia otorgado según el artículo 4° de la ley N° 19.234. Su monto es de $87.847 mensuales a contar del 1 de septiembre de 1998. Además, posee la calidad de pensionado en el sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980, habiéndose liquidado su bono de reconocimiento el 16 de enero de 2006.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: 19.234, artículos 4, 6, 15 y 16.
- Decreto Ley: 3.500/80
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si es compatible la percepción de una pensión no contributiva por gracia con la liquidación previa de un bono de reconocimiento.
- Argumentación CGR: El artículo 16 de la ley N° 19.234 establece la incompatibilidad entre las pensiones no contributivas y cualquier otra pensión prove...
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