Contraloría - Dictamen N° 60393 2009

Reliquidación pensión exonerado político

Abstracto

Dictamen 60393 de 2009. Se instruye al Instituto de Previsión Social (IPS) reliquidar pensión no contributiva de exonerado político, considerando la correcta ubicación jerárquica según el artículo 64 de la ley N° 18.827 y la jurisprudencia aplicable.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Mario Arancibia Becerra, ex funcionario del antiguo Servicio de Correos y Telégrafos, exonerado político.
  • Materia: Reliquidación de pensión no contributiva por gracia para exonerado político considerando su ubicación jerárquica.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de revisión de pensión no contributiva por gracia, en atención a la calidad de exonerado político del recurrente.
  • Hechos relevantes: El Ministerio del Interior, mediante resolución Nº 11.411, de 2007, declaró la calidad de exonerado político del recurrente, concediéndole una pensión no contributiva, por gracia, por la suma inicial mensual de $ 299.066.-, a contar del 1 de octubre de 2003, cifra que, desde el 1 de diciembre de 2008, se eleva a $ 383.019.-. El cálculo inicial se realizó según el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 19.234.
  • Documentación asociada: Cuatro expedientes jubilatorios remitidos por el Instituto de Previsión Social (IPS).

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Ley N° 19.234 art/12 inc/2, ley N° 15.113 art/7, ley N° 18.263 art/2 lt/b, ley N° 18.827 art/64
  • Reglamentos: DFL N° 338/60 art/133, DFL N° 1340/30 bis

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar la correcta ubicación jerárquica par...

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