Contraloría - Dictamen N° 66036 2009
Reajuste pensión montepío improcedente
Abstracto
El Dictamen N° 66.036 de 2009, de la Contraloría General de la República, establece que la madre de un ex cabo de la Armada fallecido en acto de servicio, no tiene derecho, por el momento, al reajuste de su pensión de montepío, en virtud de los artículos 2° y 5° de la ley N° 18.694, 83, inciso segundo, y 87 de la ley N° 18.948.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: María Barrientos Peralta, madre de ex Cabo 2° de la Armada.
- Materia: Reajuste de pensión de montepío.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por la no inclusión del reajuste otorgado al sector pasivo en diciembre de 2008 en la pensión de montepío de la recurrente.
- Hechos relevantes: La Subsecretaría de Marina indica que la pensión inicial de $401.896.- fue otorgada mediante resolución N° 760 de 2007, modificada por resoluciones N°s. 1.624 de 2007 y 1 de 2008, a contar del 1 de diciembre de 2006. Señala que el incremento erróneo se debió al reajuste de 2,12% aplicado al sector pasivo desde esa fecha, ya que la renta del similar en servicio activo, según la ley N° 18.694, era de $340.343.-.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.694, artículos 2° y 5°; Ley N° 18.948, artículos 83, inciso segundo, 87 y 88 bis.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si corresponde incluir el reajuste otorgado al sector pasivo en la pensión de montepío de la recurrente.
- Argumentación CGR: Las pensiones de retiro no pueden superar la remuneración del similar en servicio activo, conforme a los artículos 2° y 5° de la ley N° 18.694, y 83, inciso segundo, y 87 de la ley N° 18.948. El montepío fue...
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